Por si no todavía no te habías enterado, desde el pasado 1 de junio es obligatorio para los futuros compradores o arrendadores de edificios un certificado de eficiencia energética , y para obtener este certificado es necesario contar con los servicios de una empresa especializada en ITEs (Inspecciones Técnicas de Edificios) y Certificación Energética de Edificios.
Estas empresas ofrecen la posibilidad de pedir presupuesto y puedes encontrarlas en las principales capitales: Madrid, Barcelona o Valencia, a modo de ejemplo.
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El Real Decreto 235 /2013 aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 5 de abril da cumplimiento a la normativa comunitaria que afecta a edificios de nueva construcción y a los existentes que se vendan o alquilen.
El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que el consumidor pueda valorar y comparar la repercusión del gasto en energía y emisiones de CO2 que va a tener su decisión a la hora de comprar o alquilar una vivienda.
No obstante, también es importante saber que están exentos de la certificación energética los edificios histórico-artísticos , lugares de culto por actividades religiosas, así como viviendas que tengan un uso inferior a cuatro meses al año, como en el caso de un apartamento para las vacaciones.
Todo certificado de eficiencia energética tiene que mostrar la siguiente información como mínimo:
1. Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica. (dirección, municipio, provincia, zona climática y referencia catastral).
2. Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:
3. Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.
4. Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.
5. Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.
6. Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
7. Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario y en el caso del sector terciario la iluminación.
8. Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador. Cuando la calificación es A o B en caso de acometer voluntariamente las recomendaciones la calificación subiría un nivel. Dos niveles en el caso que la calificación sea D, E, F, G.
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